A medida que los negocios re-contratan a los trabajadores, deben estar al tanto de la Ordenanza del Derecho de los Trabajadores a Retirarse aprobada por el Consejo de la Ciudad de Oakland el 21 de julio de 2020. Asegura que los empleadores de hosteleria, restaurantes, estadios y viajes / turismo den prioridad a los empleados recientemente despedidos para volver a ser contratados cuando se reanuden las operaciones comerciales.
A los empleados que hayan estado empleados durante seis de los últimos 12 meses antes del 31 de enero de 2020 y que hayan sido despedidos después de esa fecha por una razón económica y no disciplinaria se les ofrecerán todos los puestos de trabajo disponibles para los que estén cualificados.
Los empleadores están obligados a notificar a los empleados despedidos los puestos disponibles por correo certificado y, si se dispone de direcciones de correo electrónico y números celulares habilitados para texto, por correo electrónico y mensaje de texto. El empleado despedido tiene 10 días para aceptar o declinar la oferta a partir de la última fecha de la carta, el correo electrónico o el texto.
La Ordenanza se aplica a:
- Negocios que proporcionan alimentos y bebidas, venta al por menor u otros bienes de consumo o servicios al público en el Aeropuerto Internacional de Oakland
(OAK)
- Los negocios que contratan con las aerolíneas de pasajeros para funciones de catering de alimentos y bebidas o funciones en propiedades de OAK que están directamente relacionadas con el transporte aéreo de personas, propiedades o correo
- Centros de Eventos de propiedad pública o privada de más de 50,000 pies cuadrados o 5,000 asientos, incluyendo instalaciones de preparación de alimentos, concesiones, tiendas de venta al por menor, restaurantes, bares y estructuras de estacionamiento operadas en conjunto con el propósito del centro,
- Los hoteles con 50 o más habitaciones de huéspedes
- Restaurantes de servicio completo y de servicio limitado
- Cafés y restaurantes de comida rápida
- Ubicaciones de venta de bebidas alcohólicas
- Un "Empleador de Restaurante Cubierto" como un franquiciador o franquiciado que emplea a más de 500 empleados
Vea la legislación para obtener más detalles.